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María Tomé Fernández, secretaria de la facultad
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María Tomé Fernández - Secretaria académica de la facultad

  • Despacho: 114
  • Tlf. Despacho: 952 69 87 20
  • Fax: 952 69 13 57
  • E-mail:  @email  y @email
  • Horario de atención:
    • Miércoles: 09.00-10.00 y 11.00-14.00 horas
    • Jueves: 11.30-14.00 horas
    • Viernes: 09.00-12.00 horas

Funciones

Corresponde a la Secretaria o Secretario (Artículo 57 delsecretaria Reglamento de Régimen Interno, 2020):

  • Extender y autorizar, con el Visto Bueno de la Decana o el Decano, las actas de las sesiones de la Junta de Facultad y de la Comisión Permanente de Gobierno llevando por separado los libros de actas de ambos órganos.
  • Dar fe de los acuerdos y resoluciones de los órganos de gobierno del Centro.
  • Garantizar la difusión y publicidad de los acuerdos, resoluciones, convenios, reglamentos y demás normas generales de funcionamiento institucional entre las personas integrantes de la Facultad.
  • Llevar el registro y custodiar el archivo.
  • Expedir las certificaciones que le correspondan.
  • Elaborar la Memoria Académica del Centro que, para cada curso académico, solicita Secretaría General de la Universidad.
  • Realizar la cumplimentación del Contrato-Programa del Centro, tras la solicitud de la información correspondiente a las diferentes personas y órganos colegiados implicados.
  • Gestionar, junto con la Decana o el Decano del Centro, los asuntos económicos e infraestructurales del mismo.
  • Responder a las solicitudes de información así como quejas y sugerencias formuladas a través de la página web de la Facultad.
  • Actuar como Secretaria Secretario de la Comisión Permanente de Gobierno, tal y como se establece en el artículo 46 de este Reglamento.
  • Mantener una relación bidireccional con Secretaría General así como otros órganos colegiados de la Universidad para todas aquellas cuestiones que, como Secretaria o Secretario del Centro, le puedan competir.
  • Desempeñar aquellas otras competencias que le sean delegadas por la Decana o el Decano, sin perjuicio de las funciones que le asigne el presente Reglamento de Régimen Interno.

Áreas de gestión